GUÍA DE CUIDADOS BÁSICOS
FAQS – PREGUNTAS FRECUENTES
ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS

Adopción

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PROHIBICIONES

La Ley de Protección Animal de Andalucía (11/2003) recoge, entre otras, las siguientes prohibiciones:

  • Maltratar o agredir físicamente a los animales.
  • El abandono de animales.
  • Mantenerlos en instalaciones inadecuadas.
  • Practicarles mutilaciones con fines estéticos.
  • El sacrificio de animales sin reunir las garantías previstas en la ley.
  • Manterlos permanentemente atados o encadenados.
  • Venderlos a menores de dieciséis años.
  • Ejercer la venta ambulante fuera de mercados autorizados.
  • Adiestrar animales para peleas.
  • Mantener animales donde ocasionen molestías evidentes a los vecinos.
  • Administrar, inocular o aplicar sustancias farmacológicas sin la supervisión de un veterinario.

OBLIGACIONES

El poseedor de un animal tiene las siguientes obligaciones.
  • Mantener al animal en buenas condiciones higiénico sanitarias, realizando cualquier tratamiento que se declare obligatorio y suministrarle la asistencia veterinaria que necesite.
  • Proporcionarle un alojamiento adecuado a su raza o especie.
  • Denunciar la pérdida del animal.
  • Efectuar la inscripción del animal en el registro correspondiente
  • Vacunación antirrábica.
  • Identificación electrónica mediante implantación de microchip a todos los perros, gatos y hurones.
  • IDENTIFICACIÓN

    Es una OBLIGACIÓN que recae sobre el propietario del animal antes de que el animal cumpla 3 meses de edad, y propietarios de mascotas que procedan de otras Comunidades Autónomas y que permanezcan más de 3 meses en Andalucía.

    Cualquier cambio de propietario, dirección debe ser comunicado al Registro Andaluz de Identificación Animal. La sanción por no identificar al animal es de 501 € a 2.000 €.

    RAIA

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    REGISTRO ANDALUZ DE IDENTIFICACIÓN ANIMAL CONSEJO ANDALUZ DE COLEGIOS OFICIALES DE VETERINARIOS
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